Martín Vizcarra permanecerá en prisión: claves de un fallo constitucional crucial
El expresidente de la República, Martín Vizcarra, continuará encarcelado tras un reciente fallo constitucional que, si bien ordena un nuevo pronunciamiento sobre su caso, no dispone su excarcelación inmediata. La resolución judicial se refiere a la apelación en contra de la ejecución provisional de la condena de 14 años de prisión impuesta por los casos de corrupción conocidos como Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua. Este artículo analiza los alcances de esta decisión, el estado legal del exmandatario y lo que se puede esperar en el próximo capítulo de este proceso judicial que mantiene en vilo a la política peruana.
El origen: la condena de 14 años por cohecho pasivo
El miércoles 26 de febrero de 2025, el Cuarto Juzgado Colegiado de la Corte Superior Nacional dictó una sentencia histórica, condenando a Martín Vizcarra a 14 años de pena privativa de libertad efectiva. La sentencia, que puede consultarse en medios especializados como LP Derecho, lo halló culpable del delito de cohecho pasivo propio en su modalidad de organización criminal. Los hechos por los que se le condena están vinculados a supuestas irregularidades en las obras de la vía de evitamiento Lomas de Ilo y del Hospital de Moquegua, durante su gestión como gobernador regional de Moquegua, antes de asumir la presidencia de la República.
Esta condena no solo significó su inmediato ingreso a prisión preventiva, sino que marcó un precedente severo en la lucha anticorrupción contra altos funcionarios. La fiscalía sustentó que Vizcarra habría liderado una organización que solicitó sobornos a empresas contratistas del Estado a cambio de favorecerlas en procesos de licitación. La defensa del expresidente, por su parte, ha mantenido desde el inicio que se trata de una persecución política y una sentencia injusta.
La apelación y el recurso de hábeas corpus
Frente a esta condena, la defensa legal de Vizcarra activó de manera inmediata dos estrategias jurídicas paralelas. Por un lado, interpuso la apelación formal contra la sentencia de 14 años, un proceso que puede extenderse y cuyo fin es que una instancia superior (la Sala de Apelaciones) revoque o modifique el fallo. Por otro lado, y de manera más urgente, presentó un recurso de hábeas corpus solicitando la suspensión de la ejecución provisional de la pena, argumentando que debía permanecer en libertad mientras se resuelve la apelación principal.
Este recurso de hábeas corpus es el que ha generado el pronunciamiento más reciente y que mantiene al exmandatario tras las rejas. Vizcarra, como reportó Infobae, pidió al Poder Judicial suspender lo que calificó como su “injusta sentencia”, alegando su derecho a defenderse en libertad. Sin embargo, el juzgado competente no encontró méritos para conceder la excarcelación en esta etapa.
El fallo constitucional: ordena revisar, pero no liberar
Recientemente, un juzgado constitucional emitió una resolución clave que ha sido ampliamente difundida en redes sociales y medios. El fallo, citado por fuentes como el Facebook de El Comercio, ordena a la Sala de Apelaciones que emita un nuevo pronunciamiento sobre la apelación contra la ejecución provisional de la condena. En términos simples, la instancia constitucional detectó que el recurso de hábeas corpus de Vizcarra merecía una revisión más exhaustiva por parte de los jueces de apelaciones.
No obstante, y este es el punto crucial que aclaran las fuentes de investigación, el mismo juzgado constitucional no ordenó la excarcelación de Martín Vizcarra. El texto del fallo es explícito al señalar que el expresidente “seguirá en prisión cumpliendo su condena” mientras se produce ese nuevo pronunciamiento. Esto despeja cualquier especulación sobre una posible liberación inmediata y subraya que la medida cautelar de prisión preventiva se mantiene firme.
¿Qué significa «ejecución provisional» de la condena?
Un concepto central en este caso es el de la ejecución provisional de la sentencia. En el sistema penal peruano, una sentencia condenatoria en primera instancia puede comenzar a cumplirse de manera inmediata (provisionalmente) aun cuando exista una apelación en trámite. Esto no es automático; el juez debe ordenarlo, generalmente basándose en criterios como el peligro de fuga o la gravedad de la pena.
En el caso de Vizcarra, los jueces de primera instancia consideraron que los 14 años de prisión y la naturaleza del delito justificaban que comenzara a cumplir la pena de inmediato. La lucha legal de su defensa se ha centrado, precisamente, en revertir esa decisión de «ejecución provisional», buscando que quede suspendida hasta que la apelación sobre el fondo del caso (la culpabilidad misma) sea resuelta. Hasta ahora, todos los intentos en ese sentido han sido infructuosos.
Los próximos pasos en el calendario judicial
El proceso ahora se traslada a la Sala de Apelaciones correspondiente, que tiene la obligación, tras el mandato del juzgado constitucional, de analizar y emitir un nuevo fallo sobre la solicitud de suspender la ejecución de la pena. Paralelamente, sigue su curso la apelación principal contra la sentencia de 14 años, que es un proceso más largo y complejo.
Un hito importante en la agenda, reportado por Canal N, es la fecha del 21 de enero, en la cual el Poder Judicial evaluará específicamente el pedido de Vizcarra para suspender la condena. Esta audiencia o sesión de evaluación será fundamental para definir si el exmandatario continúa en prisión durante todo el tiempo que tome resolver la apelación de fondo, lo cual podría tomar meses o incluso años.
Impacto político y legal de un caso sin precedentes
El encarcelamiento de un expresidente por corrupción es un evento de enorme magnitud en el Perú. El caso Vizcarra trasciende lo jurídico y se instala en el centro del debate político nacional, actuando como un referente para futuras investigaciones contra altos cargos. Sus defensores ven una persecución, mientras que para la fiscalía y gran parte de la ciudadanía representa un mensaje de que la impunidad puede llegar a su fin, sin importar el cargo que se haya ocupado.
Legalmente, sienta un poderoso precedente sobre la aplicación de la figura de cohecho pasivo propio y la posibilidad de ejecutar penas largas de manera provisional. La decisión final de la Sala de Apelaciones, tanto sobre la ejecución provisional como sobre el fondo de la condena, será estudiada como un caso emblemático en la jurisprudencia peruana sobre delitos de corrupción de funcionarios.
Conclusión: una espera en prisión con futuro incierto
En resumen, Martín Vizcarra enfrenta un escenario legal de alta complejidad donde un fallo constitucional le ha dado una oportunidad procesal, pero no su libertad. Deberá seguir cumpliendo su condena de 14 años en prisión a la espera de que la Sala de Apelaciones se pronuncie nuevamente sobre la suspensión de la pena y, en un horizonte más lejano, sobre la apelación de la sentencia misma. La audiencia del 21 de enero se perfila como el próximo capítulo inmediato de este prolongado proceso. Su situación refleja la tensión entre el derecho a defenderse en libertad y la aplicación estricta de la ley ante condenas graves por corrupción, un debate que el Poder Judicial peruano tendrá que zanjar con sus próximas resoluciones.

