Luz verde en el Congreso: Taxis colectivos tendrán más tiempo para formalizarse
El transporte informal es una realidad compleja en el Perú, y los llamados taxis colectivos son un actor central en esta dinámica. Recientemente, la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso dio un paso decisivo al aprobar un dictamen que modifica la Ley 31096, la norma que regula la formalización de este servicio. Esta decisión, que amplía la vigencia del marco legal, busca otorgar un plazo adicional a los operadores para que se incorporen a la formalidad, extendiendo el proceso hasta el año 2031. La medida genera un debate entre la necesidad de ordenar un servicio masivo y las preocupaciones en materia de seguridad vial. Este artículo analiza en profundidad los alcances, razones y controversias de esta importante decisión legislativa.
¿Qué es la Ley 31096 y por qué es crucial?
Promulgada a fines de 2020, la Ley 31096 fue concebida como un instrumento para sacar de la informalidad a miles de vehículos dedicados al transporte terrestre de pasajeros en modalidad colectiva. Estos automóviles, que recorren rutas predeterminadas cobrando una tarifa por persona, operaban históricamente en un vacío legal, sin permisos, seguros obligatorios ni supervisión técnica. La ley estableció un régimen especial y temporal para que estos conductores y propietarios pudieran obtener su autorización formal, cumpliendo una serie de requisitos progresivos.
La norma original tenía un horizonte de vigencia limitado. Sin embargo, la realidad del parque automotor y la capacidad de fiscalización mostraron que el proceso era más lento de lo esperado. Según el dictamen aprobado, citado por medios como El Peruano, el plazo adicional de tres años para la etapa de formalización culminará el 24 de diciembre de 2027. No obstante, la vigencia total de la ley, es decir, el período durante el cual estos vehículos formalizados podrán operar bajo este régimen especial, se amplía hasta el 24 de diciembre de 2031, como precisaron El Comercio y Canal N.
El dictamen aprobado: precisiones y nueva fecha límite
El corazón de la noticia reside en el dictamen de la comisión parlamentaria. Este documento no solo propone extender el plazo, sino que también precisa aspectos operativos de la ley. La ampliación busca, en teoría, dar mayor certidumbre a los operadores que iniciaron el trámite pero que enfrentan obstáculos logísticos o administrativos para completarlo. La idea es evitar que, por vencer los plazos, miles de unidades retornen a la informalidad absoluta.
El dictamen establece que el plazo adicional de tres años (para la formalización) culmina el 24 de diciembre de 2027 y dispone su ampliación por cuatro años más, es decir, hasta el 2031
como se detalló en el portal oficial El Peruano. Esta diferenciación es clave: una fecha para culminar el proceso de inscripción y otra, posterior, que marca el fin de la vida útil de la ley como paraguas regulatorio especial. La propuesta ahora deberá ser debatida y votada en el Pleno del Congreso para convertirse en ley.
Argumentos a favor: ¿Por qué extender la vigencia?
Los proponentes de la ampliación esgrimen varias razones. La principal es de carácter social y económico. Se estima que decenas de miles de familias dependen directamente de este servicio para su sustento. Forzar una caducidad inmediata de la ley, sin que la mayoría haya podido formalizarse, generaría un grave conflicto social y dejaría sin transporte a muchas comunidades donde el servicio estatal es insuficiente o inexistente.
Otro argumento es la practicidad. Los procesos de revisión técnica, obtención de SOAT y adecuación documentaria toman tiempo y representan una carga financiera para los propietarios. La extensión del plazo se ve como un reconocimiento a estas dificultades y una muestra de realismo por parte del legislador. La idea subyacente es que una formalización gradual y alcanzable es preferible a mantener un universo completamente informal por imposibilidad de cumplir metas rígidas.
Críticas y preocupaciones en materia de seguridad vial
No obstante, la medida no está exenta de fuertes críticas. Sectores especializados en transporte y seguridad vial han alzado la voz. El principal argumento en contra, señalado expresamente por El Comercio Perú, es que la ley «atenta contra la seguridad vial». Los críticos sostienen que muchos de los vehículos utilizados en este servicio son antiguos, no cumplen con los estándares técnicos óptimos y sus conductores no necesariamente pasan por capacitación rigurosa.
Extender la vigencia, afirman, es perpetuar la circulación de unidades potencialmente riesgosas. Además, existe el temor de que la formalización bajo esta ley especial sea percibida como un blanqueo de la informalidad, sin exigir los mismos estándares que se aplican a otros servicios de transporte público. El debate, por lo tanto, se centra en la disyuntiva entre inclusión social y ordenamiento técnico con seguridad.
Impacto en los usuarios y en el sistema de transporte
Para el ciudadano de a pie, el usuario frecuente de estos colectivos, la extensión tiene implicaciones inmediatas. Por un lado, garantiza la continuidad del servicio en rutas establecidas, muchas veces a tarifas más bajas que las del transporte convencional. Por otro, pospone la expectativa de un servicio completamente regulado con flotas modernas y seguras.
El impacto en el sistema es mixto. Se evita un vacío de oferta de transporte que sería crítico, pero también se mantiene en el limbo regulatorio a un segmento importante. La medida compra tiempo para que las autoridades de transporte y los gobiernos locales diseñen planes integrales que, eventualmente, integren o reemplacen este servicio con opciones más modernas y seguras, un desafío que sigue pendiente.
El camino hacia el 2031: Formalización y futuro incierto
La ampliación hasta 2031 plantea una hoja de ruta con un horizonte definido. Los próximos años serán cruciales para determinar si este mecanismo especial logra su objetivo central: masificar la formalidad. Requerirá un esfuerzo coordinado del Estado para facilitar los trámites, de los gobiernos locales para ordenar las rutas y de los propios operadores para invertir en la mejora de sus unidades.
Sin embargo, el futuro más allá de 2031 sigue siendo una incógnita. ¿Se habrá logrado para entonces integrar a este servicio a un régimen general de transporte? ¿O será necesaria una nueva prórroga? La decisión de la Comisión de Transportes es, en esencia, un parche temporal que postera una solución definitiva. Su éxito dependerá de cómo se utilice este tiempo adicional no solo para inscribir papeles, sino para transformar realmente la calidad y seguridad del servicio de taxis colectivos en el Perú.
Conclusión: Un respiro controvertido para un servicio arraigado
La aprobación del dictamen que amplía la vigencia de la Ley 31096 hasta 2031 representa un respiro legislativo para el sector de los taxis colectivos. Este acto reconoce la dificultad práctica de formalizar masivamente un servicio profundamente arraigado en la informalidad y su importancia socioeconómica. No obstante, como se ha evidenciado en el debate público, la medida no resuelve las tensiones de fondo entre la necesidad de movilidad accesible y los imperativos de seguridad y calidad en el transporte. El camino hacia diciembre de 2031 debe ser aprovechado para construir, de manera concertada, una transición real hacia un sistema de transporte público seguro, ordenado e inclusivo, que supere la lógica de los parches temporales y ofrezca una solución definitiva a usuarios y operadores por igual.

