Justicia comunitaria en Tayabamba: el castigo a presuntas estafadoras con billetes falsos
En la localidad de Tayabamba, provincia de Pataz, región La Libertad, un hecho de justicia comunitaria ha generado debate a nivel nacional. Dos mujeres fueron acusadas por comerciantes de estafar utilizando billetes falsos en transacciones comerciales. Tras ser identificadas, las rondas campesinas locales intervinieron y aplicaron un castigo público: las obligaron a exhibirse con carteles infamantes y a azotarse mutuamente. El incidente, que quedó registrado en video y se viralizó en redes sociales (Facebook, Instagram y YouTube), expone las tensiones entre la administración formal de justicia y las prácticas tradicionales de control social en comunidades rurales del Perú. Este artículo profundiza en los hechos, el contexto de las rondas campesinas, las implicancias legales y las reacciones generadas.
Los hechos: cómo ocurrió la presunta estafa y la captura
Según reportes de América TV y Trome, los comerciantes del mercado de Tayabamba denunciaron que dos mujeres intentaron pagar con billetes apócrifos durante la compra de productos. Al percatarse del engaño, los vendedores alertaron a otros feriantes y lograron retener a las sospechosas. La rápida difusión del caso permitió que miembros de las rondas campesinas, organización de seguridad ciudadana con arraigo en la sierra liberteña, tomaran control de la situación.
Testigos indicaron que las mujeres fueron sometidas a un «juicio popular» improvisado. Las rondas determinaron que, como escarmiento, debían portar carteles con frases como «Soy estafadora» y golpearse entre sí con látigos, mientras un grupo de personas grababa la escena. Un video difundido en Instagram por la cuenta @WayraTv muestra el momento exacto en que ambas se azotan, generando indignación y polémica en igual medida.
La intervención concluyó sin que se diera parte a la Policía Nacional ni al Ministerio Público. Los comerciantes, por su parte, justificaron la acción argumentando que estas prácticas desalientan futuros fraudes y protegen la economía local, en una zona donde la presencia estatal es débil.
Las rondas campesinas: origen, funciones y legalidad en el Perú
Las rondas campesinas son organizaciones de autogobierno y seguridad ciudadana que surgieron en la sierra peruana durante la década de 1970, principalmente en Cajamarca y La Libertad, para combatir el abigeato y la delincuencia rural. Su reconocimiento legal se formalizó con la Ley 27908, que les otorga facultades para resolver conflictos y aplicar sanciones siempre que no vulneren derechos fundamentales. Sin embargo, la ley establece límites claros: no pueden imponer penas corporales ni realizar actos que constituyan tortura o trato cruel.
En Tayabamba, estas rondas actúan con autonomía frente al sistema judicial ordinario. Según el antropólogo jurídico Carlos Camacho, citado en estudios de la Universidad Nacional de Trujillo, la legitimidad de las rondas radica en la confianza comunitaria y la rapidez de sus decisiones, pero muchas veces incurren en violaciones al debido proceso. El castigo infligido a las dos mujeres —azotes públicos y exposición humillante— traspasa los márgenes de la legalidad, pues la Constitución peruana prohíbe las penas infamantes y la tortura (artículo 2, inciso 24).
“La justicia comunitaria no puede convertirse en un acto de venganza pública. Las rondas deben actuar dentro del marco constitucional”, señaló el defensor del pueblo en la región, en declaraciones recogidas por El Comercio.
Reacciones divididas: apoyo local y rechazo institucional
En Tayabamba y localidades aledañas, muchos pobladores respaldaron la acción de las rondas. “Aquí la policía nunca llega a tiempo, los estafadores se van libres. Esto es lo único que entienden”, comentó un comerciante entrevistado por Trome. La percepción de impunidad y la falta de acceso a la justicia formal alimentan la aceptación de este tipo de castigos. En redes sociales, usuarios etiquetaron el hecho como “justicia real” o “escarmiento merecido”.
Por el contrario, organizaciones de derechos humanos y el Ministerio de la Mujer condenaron enérgicamente el suceso. La ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables calificó los hechos como “actos de violencia inaceptables” y recordó que las mujeres tienen derecho a un juicio justo, independientemente del delito que se les impute. La Defensoría del Pueblo anunció la apertura de una investigación de oficio para determinar si hubo responsabilidades penales en quienes aplicaron el castigo.
La Fiscalía Provincial de Pataz también se pronunció: indicó que, aunque no se ha recibido denuncia formal de las afectadas, se recopilarán los videos y testimonios para evaluar posibles delitos de coacción y lesiones. La paradoja es evidente: las presuntas estafadoras podrían terminar siendo víctimas de otro delito, mientras los denunciantes originales —los comerciantes— quedan en un segundo plano.
El papel de los billetes falsos en el comercio de la sierra liberteña
La falsificación de moneda es un problema recurrente en mercados de provincias. Según datos del Banco Central de Reserva, en 2024 se incautaron más de 1.2 millones de soles en billetes apócrifos a nivel nacional, concentrándose las falsificaciones en denominaciones de 100 y 200 soles. Las zonas rurales, donde el uso de efectivo es predominante y la verificación de autenticidad es rudimentaria (falta de máquinas detectoras y capacitación), resultan especialmente vulnerables.
En Tayabamba, los comerciantes afectados afirmaron haber reconocido a las mujeres porque ya habían intentado realizar pagos con billetes falsos en semanas anteriores. “Vimos que traían varios billetes iguales, con el mismo número de serie”, declaró uno de ellos a América TV. La falta de bancos cercanos y la dificultad para presentar denuncias formales —que implican trasladarse hasta la capital provincial, a varias horas de distancia— agravan la situación y alimentan la respuesta directa de la comunidad.
El incidente evidencia una brecha estructural: mientras la economía informal crece, el Estado no provee mecanismos eficaces de protección al consumidor ni canales rápidos de denuncia. En ese vacío, las rondas se convierten en el único recurso de control, aunque con métodos que vulneran derechos.
Legalidad del castigo: entre el derecho consuetudinario y los derechos humanos
El ordenamiento jurídico peruano reconoce la jurisdicción especial de las rondas campesinas (artículo 149 de la Constitución), siempre que no contravengan los derechos fundamentales. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que los Estados deben garantizar que la justicia indígena o comunitaria respete el debido proceso, la prohibición de tortura y la integridad personal. En el caso de Tayabamba, el castigo de azotar públicamente a las mujeres encaja en la definición de trato cruel, inhumano y degradante, según la Convención de la ONU contra la Tortura.
Abogados penalistas consultados por El Comercio coinciden en que los dirigentes de la ronda podrían ser procesados por el delito de coacción (artículo 151 del Código Penal) y, si se prueba que las azotaron contra su voluntad, por lesiones leves o graves. Sin embargo, la aplicación de la ley es compleja: las mujeres afectadas probablemente no denunciarán por miedo a represalias de la comunidad, y los fiscales locales suelen ser renuentes a investigar a organizaciones con fuerte arraigo social.
Este caso reactiva el debate sobre si es posible armonizar la justicia comunitaria con los estándares internacionales de derechos humanos, sin deslegitimar las prácticas tradicionales que sí son eficaces y proporcionales. Algunos expertos abogan por capacitar a los líderes de rondas en principios básicos de legalidad, mientras que otros exigen una reforma legal que delimite con precisión sus atribuciones.
Conclusión: justicia, castigo y la necesidad de un equilibrio
El incidente en Tayabamba pone en evidencia una realidad compleja: la frustración de comunidades que no encuentran en el sistema estatal una respuesta rápida ante delitos cotidianos como la estafa con billetes falsos. Las rondas campesinas, con su arraigo histórico, terminan asumiendo un rol que la ley les reconoce solo de forma parcial. Sin embargo, el castigo impuesto a las dos mujeres —exhibición pública y azotes— cruza la línea de lo permitido y vulnera derechos fundamentales consagrados en la Constitución peruana y en tratados internacionales. La solución no reside en demonizar la justicia comunitaria, sino en fortalecer la presencia del Estado en zonas rurales: acercar fiscalías, policías y servicios de conciliación. Mientras tanto, tanto la Defensoría del Pueblo como la Fiscalía deben actuar para evitar que hechos similares se repitan. Solo así se podrá garantizar seguridad sin sacrificar la dignidad humana.
Este artículo se basa en reportes de Trome, El Comercio, Wayra TV y redes sociales, así como en normativa peruana e instrumentos de derechos humanos.

